La Terminal Metropolitana de Transportes de Barranquilla S.A. es una sociedad de economía mixta, con capital público superior al 90%, y, en consecuencia, conforme al artículo 14 de la Ley 1150 de 2007, no se encuentra sujeta al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, salvo que una norma especial lo determine expresamente.
Ley 1150 de 2007 – Artículo 14: “Las personas jurídicas con participación pública superior al 50 %, que no se encuentren en alguna de las categorías definidas en el artículo 2 de la Ley 80 de 1993, no están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, salvo disposición legal en contrario. Estas entidades se regirán por las normas del derecho privado…”
De acuerdo con esta disposición, la Terminal se rige por su propio Manual de Contratación, construido sobre principios de transparencia, selección objetiva, eficiencia y economía, sin que exista obligación legal de adoptar taxativamente las modalidades previstas en la Ley 80 de 1993 o sus decretos reglamentarios.