9. Obligación de reporte de información específica por parte de la entidad

La TERMINAL METROPOLITANA DE TRANSPORTES DE BARRANQUILLA S.A, es una sociedad de economía mixta que presta un servicio público en materia de transporte, definido como el conjunto de instalaciones que funcionan como una unidad de servicios permanentes, donde se concentran las empresas autorizadas o habilitadas de transporte terrestre de pasajeros que cubren rutas que tienen como origen, destino o tránsito el área metropolitana de Barranquilla, con la finalidad de generar recursos para su financiamiento, y rendimientos sociales que generen beneficios a la comunidad, especialmente con el incremento de la calidad de vida de la población donde presta sus servicios; todo lo anterior, en el marco de mercados regulados por el Ministerio de Transporte.


En ese mismo sentido, el artículo 14 de la Ley 1150 de 2007, dispuso el Régimen Contractual de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado y de las Sociedades de Economía Mixta, así: “(…) Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, las sociedades de economía mixta en las que el Estado tenga participación superior al cincuenta por ciento (50%), sus filiales y las Sociedades entre Entidades Públicas con participación mayoritaria del Estado superior al cincuenta por ciento (50%), estarán sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, con excepción de aquellas que se encuentren en competencia con el sector privado nacional o internacional o desarrollen su actividad en mercados monopolísticos o mercados regulados, caso en el cual se regirán por las disposiciones legales y reglamentarias aplicables a sus actividades económicas y comerciales, sin perjuicio de lo previsto en el artículo 13 de la presente ley (…)”


Que LA TERMINAL se encuentra dentro de las excepciones establecidas en el artículo 14 de la ley 1150 del 2007, siendo aplicable en consecuencia las normas legales y reglamentarias de cráter privado que regulan su actividad económica comercial.


En concordancia a lo preceptuado en los Artículos 209 y 287 de la constitución Política, de la ley 1150 del 2007, la Terminal Metropolitana de Transportes de Barranquilla S.A. cuenta con su propio Manual de Contratación, adoptado mediante la Resolución No 29 del 10 de febrero de 2020.

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